En términos legales, la licenciatura en Medicina habilita al profesional sanitario para ejercer la actividad médica y practicar la cirugía en general. Pero ¿está un alergólogo preparado para intervenir sobre una cardiopatía? El sentido común dice que no, pero esto es un ejemplo muy ilustrativo de lo que ocurre en el sector de la cirugía plástica.

Confusión entre título y competencias

La titulación que certifica correctamente nuestra especialidad se consigue tras una formación continuada de aproximadamente 12 años, contando los 6 en la carrera universitaria de medicina más otros tantos en el MIR.

El principal detonante del problema de la intrusión profesional en cirugía plástica es la confusión de la sociedad entre título y competencias. Para el paciente, puede parecer que un oftalmólogo es el especialista adecuada para acometer una blefaroplastia, o el otorrinolaringólogo el más indicado para la rinoplastia. Nada más lejos de la realidad.

Hay que dejar claro ante el público general y nuestros potenciales pacientes que el Ministerio de Educación es el único emisor oficial de la titulación que certifica a un médico como especialista en cirugía plástica, estética y reparadora. Por poner dos ejemplos, ni la Universidad de Nebrija (privada) ni Emagister (cursos a distancia) tienen titulaciones que te puedan certificar como cirujano plástico, estético y reparador.

La proliferación del negocio de los másteres no reglados

A través de internet, en unos pocos clics, tenemos acceso a una gran oferta de formación y másteres especializados en el sector de la cirugía plástica, estética y reparadora. El abanico de posibilidades y alternativas “formativas” es tan amplio como las posibles conjugaciones nominativas. Cursos que, por ejemplo, se denominan como “Máster en medicina y cirugía estética”, o “Máster en Cirugía Estética” o “Máster en Cirugía de la Mama”.

 

master no reglado cirugia plastica facial

 

Sin querer desmerecer el valor formativo de estos cursos y másteres, hay que partir del hecho de que la gran mayoría de estas titulaciones están expedidas por organizaciones privadas. Es decir, no son oficiales ni están ofreciendo a sus alumnos una formación en competencias regladas.

Además, resulta muy paradójico que estos cursos privados, por norma general, no están impartidos por profesionales con la titulación de la especialidad en Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. Los “futuros profesionales de la estética” están aprendiendo a su vez de otros profesionales sanitarios (o no) sin la titulación adecuada. Los profesores de estos másteres (cuando tienen clases presenciales) suelen ser médicos generales o con otras especialidades.

Bajo el paraguas de que “todos son médicos”, el paciente puede pensar de forma errónea que un médico sólo por serlo está preparado para realizar cualquier cirugía en cualquier parte del cuerpo. Es por esto por lo que hablamos de “intrusión” y no de “intrusismo” en cirugía plástica, porque si bien es cierto que un médico estético por supuesto es médico, no dispone de la titulación que acredite su condición de especialista, pudiendo acontecer una situación de mala praxis médica y poner en peligro al paciente, jugando con su salud.

 

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¿Cómo nos protege la Ley de la intrusión médica?

La Ley 44/2003 de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, recoge en su artículo 5.1 establece que los profesionales y los responsables de los centros sanitarios deberán facilitar a sus pacientes el ejercicio del derecho a conocer el nombre, la titulación y la especialidad de los profesionales sanitarios que les atienden, así como a conocer la categoría y función de éstos, si así estuvieran definidas en su centro o institución.

Por otra parte, en su artículo 16.3 recoge que la posesión del título de especialista será necesaria para utilizar de modo expreso la denominación de “especialista”, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación en centros y establecimientos públicos y privados

En resumen, la Ley no impide a un médico general acometer cirugías de nuestra especialidad, pero sí que castiga severamente a quien dice que es lo que realmente no es y a quien no es transparente e intenta evitar que sus pacientes comprueben su titulación.

 

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¿Y el paciente cómo se puede defender?

A lo anterior hemos de añadir el derecho de información del paciente regulado en otras normas, para resolver que lo esencial para evitar la intrusión de médicos no especialistas en posesión de títulos no homologados, es que los pacientes sean conscientes de que tienen disponibles herramientas para comprobar la titulación exacta del facultativo que les interviene, como por ejemplo el directorio de la Organización Médica Colegial. Esta circunstancia también podría recogerse en el documento de consentimiento informado previo a la intervención.

La necesidad de abogar por una regulación clara

Los cirujanos plásticos, estéticos y reparadores llevamos años reclamando una legislación que garantice la excelencia y profesionalidad de la especialidad y disuada a la gran cantidad de médicos que anualmente, con un simple curso, un taller de cirugía estética o un workshop; realizan intervenciones de cirugía plástica, estética y reparadora en España sin la titulación oficial.

 

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De esta manera será mucho más sencillo y ágil combatir el intrusismo, la mala praxis y los actos ilegales que se llevan a cabo en el sector, ya que la realización de cualquiera de estos cursos o másteres no acredita la titulación ni los conocimientos necesarios para ejercer con garantías la especialidad. No debemos olvidar que la principal máxima de un cirujano plástico, estético y reparador (y lo que se pone en juego cuando alguien opera sin serlo) es, ante todo, la seguridad del paciente.

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